Es el mecanismo creado mediante el artículo 800 – 1 del Estatuto Tributario adicionado por el artículo 79 de la Ley 2010 de 2019, reglamentado mediante Decreto 1147 del 18 de agosto de 2020
Esta opción permite a las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad, contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios realizar Obras por Impuestos con recursos propios y en contraprestación recibir Títulos para la Renovación del Territorio – TRT por desarrollar proyectos en los siguientes sectores o líneas de inversión:
Para acceder a esta opción del mecanismo, tenga en cuenta lo siguiente:
Presente Manifestación de Interés para realizar el o los proyectos de su interés que previamente han quedado registrados en el Banco de Proyectos de Obras por Impuestos, cumpliendo adicionalmente a los requisitos definidos en el numeral 1 del presente literal, los que se relacionan a continuación:
a. Lea y siga las instrucciones del Manual de Contribuyente
b. Ingrese al Banco de Proyectos de Obras por Impuestos
c. Seleccione el o los proyectos de su interés
d. Presente la Manifestación de Interés al o los proyectos de su interés, debidamente firmada por el Representante Legal o quien haga sus veces, dirigida al o la director(a) de la Agencia de Renovación del Territorio y Ministerio competente al proyecto de inversión (Clic aquí para ver formatos), adjuntando los siguientes documentos:
e. Si es persona natural o jurídica contribuyente del impuesto de renta y complementario que no haya tenido ingresos en el año inmediatamente anterior por encontrarse en periodo improductivo, anexe adicionalmente:
La presentación de la Manifestación de Interés puede realizarla en cualquier momento del año, teniendo en cuenta las fechas de cierre del banco de proyectos e Obras por Impuestos, que se realiza dos (2) veces al año, el primero (1º.) de marzo y el primero (1º.) de septiembre y una vez se publique el banco de proyectos en la página web de la ART
La ART verifica los requisitos habilitantes y transfiere a través del Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Publicas (SUIFP) la iniciativa a la entidad nacional competente para que evalué su pertinencia y emita el concepto de viabilidad o no, para continuar con el proceso de estructuración de la iniciativa hasta llevarla a un proyecto en fase de factibilidad y éste quede registrado en el Banco de Proyectos de Obras por Impuestos.
Recuerde:
Presentada la Manifestación de Interés, la ART verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normatividad aplicable. Si presentó propuesta de actualización y ajuste a costos al proyecto, ésta será verificada por la entidad nacional competente y por el DNP, entidades que emitirán los respectivos conceptos de viabilidad o no aprobación de esta.
La ART previo cumplimiento de requisitos y a la distribución del cupo máximo para la suscripción de convenios aprobado por el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS, seleccionará y aprobará las Manifestaciones de Interés a los contribuyentes, previo al cumplimiento de los requisitos y con el fin de que continúen con el desarrollo de las siguientes etapas de la Opción Convenio que se mencionan a continuación y cuyo detalle podrá revisar en el Manual Operativo de Obras por Impuestos.
Si tiene consultas adicionales, contáctese al teléfono 4221030 ext 1601 – 1607.